Catálogo de Operaciones
de Riesgo
      
 

 

Con objeto de ayudar a los sujetos obligados a cumplir con las obligaciones que la Ley les impone, se han aprobado por la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias los llamados Catálogos de Operaciones de Riesgo.

Se trata de una lista, en ningún caso exhaustiva, que tiene por objetivo orientar a los sujetos obligados acerca de algunos de los tipos de operaciones e indicadores que muestran un riesgo potencial de vinculación a actividades de blanqueo de capitales, a partir de la experiencia tanto de las distintas unidades que componen la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias como de la práctica internacional.

En todo caso, no se trata de una lista que enumere todos los posibles casos de operaciones vinculadas con el blanqueo de capitales, ni tampoco implica que todas las operaciones incluidas hayan de estar necesariamente vinculadas al mismo.

En este sentido, además de indicadores o pautas de comportamiento sospechosas, se ofrecen ejemplos de operaciones susceptibles de estar particularmente vinculadas con el blanqueo de capitales, a efectos de que sean tenidos en cuenta por los sujetos que ejerzan dichas actividades a la hora de elaborar su propia relación de operaciones, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento de la Ley 19/1993 de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, aprobado por el Real Decreto 925/1995, de 9 de junio y modificado por el Real Decreto 54/2005, de 21 de enero.

La lista se dirige a facilitar ejemplos para que cada persona física o jurídica que ejerza dichas actividades evalúe sus posiciones de riesgo en función del perfil de sus diferentes tipos de clientes. Esta evaluación ha de conducir, entre otros aspectos, a que cada sujeto obligado elabore su relación específica de operaciones, la difunda adecuadamente entre los empleados y la revise periódicamente. Estos aspectos constituyen elementos clave dentro de las medidas de prevención del blanqueo a adoptar por estos sujetos.

Estos catálogos se han desarrollado de forma particularizada para los diferentes tipos de sujetos, atendiendo a las peculiaridades propias de su actividad. En concreto, a día de hoy existen Catálogos de Operaciones de Riesgo para los siguientes sectores: entidades de crédito, seguros, inmobiliarias, casinos, sociedades y agencias de valores y sociedades gestoras de fondos de inversión, profesionales (abogados, auditores, contables, procuradores…), remisores de fondos y casas de cambio de moneda, y compraventa de obras de arte, antigüedades, joyas y piedras preciosas y numismática.

Los Catálogos son suministrados por la Secretaría de la Comisión previa solicitud por escrito en la que se acredite la condición de sujeto obligado.